El Sistema Público de Servicios Sociales, IV Pilar del Estado de Bienestar, para seguir su proceso de consolidación, necesita reestructuración y refuero para satisfacer las necesidades sociales actuales. Es necesario garantizar el derecho de todas las personas a las prestaciones sociales, a través de la planificación de políticas sociales y la elaboración de normativas que definan competencias y articulen su estructura en los diferentes ámbitos de la administración pública.
Según la Encuesta de Condiciones de vida del INE, la tasa de riesgo de la pobreza es del 22,1% de la población. El indicador AROPE de riesgo de pobreza o exclusión social (estrategia Europa 2020) se sitúa en el año 2015 en el 28,6%. Y el coeficiente GINI 2015 que mide la desigualdad en los ingresos está en el 34,6%.
Desde el trabajo social defendemos el derecho al sistema público de servicios sociales, poniendo en valor la dignidad. Y no a propuestas de beneficencia, que ponen el énfasis en la marginalidad.
1. Defensa de los derechos sociales. No a la beneficencia.
- Mantener la protección social en los cuatro pilares del estado de Bienestar en el marco de derechos: Sanidad, Garantía de Rentas y Pensiones, Educación y Servicios Sociales. Reforzar la figura del trabajo social en todos los ámbitos de intervención.
2. Defensa de la denominación de servicios sociales para organismos públicos que desarrollen el sistema.
- En todo ese tiempo hemos visto como se ha desdibujado cada vez más la denominación de servicios sociales. Una prueba de ello es como algunas consejerías y concejalías han dejado de usar esta denominación. Es importante llamar a las cosas por su nombre: servicios sociales. Para centrar el foco de su política social como IV pilar del estado de bienestar social.
3. Creación de una Ley Estatal en Servicios Sociales.
- Plantear la necesidad de un Pacto de Estado por los servicios sociales y la promoción social, como una estrategia estatal que apueste por los servicios sociales públicos y que garanticen el acceso al sistema.
- Es necesario implantar las suficientes ratios de profesionales en los Servicios Sociales. Y garantizar el acceso a través del/la trabajador/a social como profesional de referencia del sistema.
Los/as trabajadores/as sociales del sistema público de servicios sociales y en particular de Atención Social Primaria son los profesionales de referencia dentro del sistema que garantiza la protección social básica y la protección en situaciones de emergencia. Sus valoraciones e informes sociales permiten el acceso a prestaciones técnicas económicas y materiales para afrontar situaciones de crisis o problemáticas personales y/o familiares. Es el profesional que realiza una valoración de la necesidad social, que le lleva a un diagnóstico y a un pronóstico social.
La tendencia a una ratio adecuada tendría de referencia 1 trabajador/a social * 3.000 habitantes - Es en Servicios Sociales donde debe quedar incluida la promoción de la autonomía y la atención a la dependencia, también la inclusión social y la elaboración y seguimiento de los planes de acompañamiento social de las rentas mínimas de inserción.
- Financiación y prevalencia de lo público, con dotación presupuestaria suficiente y sostenible, convergente con el gasto social europeo. Restitución de los niveles mínimos de consenso y financiación del Plan Concertado.
- Catálogo de referencia de prestaciones de servicios sociales y nuevas necesidades sociales. La elaboración de catálogos de servicios sociales es el instrumento perfecto para determinar el conjunto de prestaciones sociales garantizadas por el sistema público de servicios sociales para atender las necesidades sociales de las personas y/o de las familias. Sin olvidar los Servicios Sociales Especializados, hay que orientar las actuaciones a la prevención selectiva e indicada de situaciones de riesgo y a la promoción de condiciones que permitan que personas en situación de dificultad o necesidad mantengan la mayor autonomía posible en su vida.
- Necesidades emergentes que provocan grave desigualdad social. Ante una situación de extrema urgencia y emergencia, se requiere de una intervención pública por parte de todos los sistemas de protección social en los mismos términos. También se deben atender desde el sistema Público de Servicios Sociales, en la parte que le corresponda, al objeto de normalizar la intervención. Por parte de las Administraciones Públicas se debe liderar y coordinar cuantas actuaciones sean necesarias para la adecuada atención social. Algunas de estas necesidades emergentes son los desahucios, la insuficiencia alimentaria, la pobreza energética y las migraciones forzosas.
4. Ley estatal de Garantía de ingresos mínimos y prestación social de inserción.
En el marco de la crisis, cobra especial relevancia la aplicación de políticas de inclusión social orientadas a aumentar las oportunidades de las personas en situación de pobreza y en riesgo de exclusión. También es necesario incrementar los recursos necesarios para su participación en la vida económica, social, política o cultural. Serán objetivos específicos para la inclusión social, programas de atención y acompañamiento social, garantizar recursos mínimos económicos y fomentar el acceso al empleo.
5. Derogación de la reforma de la Administración Local.
Derogación de la Ley 27/2013 de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local en lo que se refiere a su aplicación en servicios sociales.
Ana I. Lima Fernández
Presidenta
Consejo General del Trabajo Social
Secretario General